CONCEPTOS JURÍDICOS FUNDAMENTALES
Supuesto o hipótesis normativa de cuya realización depende el nacer, extinción de Derecho y/u obligaciones y consecuencias jurídicas.
Von Ihering – indica que un concepto jurídico fundamental es lo que las letras son para el alfabeto, también indica que son los que intervienen como elementos constantes y necesarios en toda relación jurídica.
Peniche López – los conceptos jurídicos fundamentales son los elementos constantes e invariables que aparecen en toda relación jurídicas, son supuestos partes componentes o elementos constantes invariables y necesarios que se presentan en toda relación jurídica lícita o ilícita.
Ives, Legaz y Lacambra – los supuestos jurídicos, las consecuencias de Derecho, los sujetos, las situaciones jurídicas y relaciones jurídicas son los conceptos jurídicos fundamentales.
Stammler – los conceptos jurídicos fundamentales son: conceptos fundamentales simples y derivados conceptos jurídicos puros y condicionados.
Kelsen – los conceptos jurídicos fundamentales son: el hecho ilícito o antijurídico, la sanción, el Derecho subjetivo, deber jurídico, supuesto de Derecho o persona jurídica y responsabilidad jurídica.
García Máynez – supuestos de consecuencias y sujetos.
Rojina Villegas – son los supuestos jurídicos consecuencias de Derecho. Cópula debe ser o al nexo los sujetos de Derecho, personas jurídicas objetos del Derecho y las relaciones jurídicas.
Fritz Sheirer – nos dice que existe una clasificación de los supuestos jurídicos, dice que los supuestos jurídicos pueden ser simples o complejos, dependientes o independientes, compatibles o incompatibles.
Consecuencias de Derecho: debemos tomarlas como las situaciones jurídicas concretas que se presentan cuando se realizan los varios supuestos de Derecho.
RELACIÓN JURÍDICA
A B
El sujeto se adecúa a la hipótesis “A” y tiene consecuencia “B”
Cópula, deber ser o nexo: es lo que une a la hipótesis con la disposición, es decir el vínculo normativo entre el supuesto y la consecuencia.
Sujeto de Derecho o persona jurídica: son los entes hacia los cuales se dirigen los supuestos normativos.
Supuesto jurídico: hipótesis de cuya realización depende el nacimiento o extinción de derechos y obligaciones o de las consecuencias jurídicas.
Objeto de Derecho: son las diferentes formas de conducta jurídica, reguladas y que se manifiestan como facultades, deberes, actos y hechos jurídicos y sanciones.
Relaciones jurídicas: Es una articulación funcional de todos los conceptos jurídicos fundamentales para formular una situación jurídica concreta.
Los sujetos de Derecho son seres o entes que sirven de centros de imputación de Derechos subjetivos, deberes jurídicos, sanciones, actos y normas de Derecho.
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